El IRS actualiza las reglas para las Exenciones Grupales: lo que deben saber las organizaciones sin fines de lucro
- Karina V. Baez
- 17 jul
- 3 min de lectura

El IRS publicó la Revenue Procedure 2026-8, la cual moderniza las reglas para las Exenciones Grupales. Esta nueva guía reemplaza la Revenue Procedure 80-27, vigente por más de cuatro décadas, e introduce requisitos más estrictos para la administración y supervisión de las organizaciones incluidas bajo una exención grupal.
Como parte de estos cambios, el IRS también creó el Formulario 15644, Supplemental Group Ruling Information (SGRI), que será el nuevo mecanismo para que las organizaciones centrales presenten la información anual requerida sobre las entidades cubiertas por su exención grupal.
¿Qué es una Exención Grupal?
Una Exención Grupal permite que una organización central obtenga el reconocimiento de exención contributiva ante el IRS para un grupo de organizaciones afiliadas, evitando que cada una tenga que solicitar su reconocimiento de manera individual.
Este tipo de estructura es común entre:
Iglesias y asociaciones de iglesias.
Asociaciones nacionales con capítulos locales.
Federaciones.
Organizaciones fraternales.
Algunas organizaciones educativas y comunitarias.
¿Qué cambió?
La Revenue Procedure 2026-8 fortalece los requisitos para obtener y mantener una Exención Grupal con el objetivo de mejorar la supervisión y mantener información más precisa sobre las organizaciones cubiertas.
Entre los cambios más importantes se encuentran:
Nuevos requisitos para las organizaciones centrales y sus afiliadas.
Mayor supervisión y control por parte de la organización central.
Requisitos uniformes para las organizaciones que forman parte de la exención.
Un nuevo proceso de reporte anual mediante el Formulario 15644.
Nuevas causas para la terminación de una Exención Grupal.
Nuevo Formulario 15644
A partir de 2026, las organizaciones centrales deberán utilizar el Formulario 15644, Supplemental Group Ruling Information (SGRI) para cumplir con su obligación anual de informar al IRS los cambios relacionados con las organizaciones incluidas en su Exención Grupal.
Entre la información que deberá reportarse se encuentra:
organizaciones añadidas;
organizaciones eliminadas;
cambios de nombre o dirección;
organizaciones cuya exención fue revocada automáticamente;
cambios en sus actividades u operaciones;
o una certificación de que no hubo cambios durante el año.
¿Quién debe presentar el Formulario 15644?
La obligación recae sobre la organización central que administra la Exención Grupal. No obstante, las organizaciones afiliadas deberán proporcionar la información necesaria para que la organización central pueda cumplir correctamente con este requisito.
Las organizaciones centrales que sean iglesias o convenciones o asociaciones de iglesias descritas bajo la sección 501(c)(3) podrán presentar esta información de manera voluntaria, ya que la norma establece una excepción para ellas.
Fechas importantes
Las organizaciones centrales deberán presentar el Formulario 15644:
Cada año, entre 30 y 90 días antes del cierre de su año contributivo.
También podrán presentar actualizaciones adicionales en cualquier momento del año cuando sea necesario añadir o eliminar organizaciones o reportar otros cambios.
Además, se establece un período de transición hasta el 22 de enero de 2027 para que las organizaciones con Exenciones Grupales existentes se ajusten a varios de los nuevos requisitos.
¿Qué ocurre si no se cumplen los nuevos requisitos?
El IRS podrá terminar una Exención Grupal cuando, entre otras razones:
la organización central no presente la información anual requerida;
deje de supervisar adecuadamente a las organizaciones afiliadas;
ya no cumpla con los requisitos establecidos;
o más de la mitad de las organizaciones incluidas hayan perdido su condición de exentas.
Con la incorporación del Formulario 15644 y nuevos requisitos de supervisión y reporte, el IRS busca fortalecer la transparencia y mejorar el cumplimiento de las organizaciones exentas.
Las organizaciones centrales deben comenzar desde ahora a revisar sus procesos internos y preparar la información necesaria para cumplir con estas nuevas obligaciones dentro de los plazos establecidos.
Hasta el próximo blog.




Comentarios